• 2 de mayo de 2024 16:10

El Juez de Disciplina Deportiva reprocha el uso de botes de humo en el derbi y sanciona con 50€ al Lenense Proinastur: «puede llevar a resultados incluso trágicos»

Sanción leve, pero con advertencia al Lenense Proinastur «para que no se vuelva a repetir«. Este fin de semana se disputaba en el Hermanos Antuña de Mieres el derbi entre Caudal Deportivo y Lenense Proinstur que acabo con victoria de los locales por 2 a 0. Fuera de lo deportivo, lo destacado fue el desplazamiento de la afición verdiblanca, quienes bajo la organización de los ‘Green Boys 1994’ acudieron a la cita y vistieron de color las gradas.

Al inicio y el final del partido se encendieron botes de humo de color verde, algo que el colegiado del encuentro recogió en el acta del partido en el apartado de incidentes de público, así como el lanzamiento de una botella de agua al campo tras el segundo tanto de los caudalistas, sin que llegará a impactar en ningún jugador, que celebraron el tanto en una zona relativamente cercana a la grada verdiblanca. Mhand Agoultim Boumater, colegiado del encuentro, incluyo en el acta del encuentro la siguiente descripción de los hechos:

«Previamente al inicio del encuentro, en la grada en la que se encontraban los aficionados visitantes, identificados por su vestimenta, bufandas, cánticos, encendieron varios botes de humo de color verde y llegando a arrojar un bote de humo al terreno de juego, sin que llegara a impactar en ningún jugador. Al finalizar el encuentro y cuando nos encontrábamos en el terreno de juego, dichos aficionados volvieron a encender varios botes de humo. En el minuto 58 tras la consecución del gol local, un grupo de aficionados visitantes, identificados por su vestimenta, bufandas, cánticos arrojaron una botella de agua a la zona de celebración del equipo local sin llegar a impactar en ningún jugador, avisando al delegado de campo, activando el protocolo de lanzamiento de objetos, avisando por megafonía«.

A la vista de lo expuesto en el acta arbitral, y sin que los clubs presentarán alegaciones, el Juez de Disciplina Deportiva del Grupo II (Principado de Asturias) de la 3·ª RFEF, Fco. Javier Canal Meana, impone una multa de cincuenta euros a la S.D. Lenense «como autor responsable de una falta leve contra el buen orden deportivo del art. 129 del Código Disciplinario».

El Juez de Disciplina Deportiva del Grupo II no se queda unicamente en comunicar la sanción y añade valoraciones como que se trata de «un comportamiento que afortunadamente parece que está desapareciendo de nuestros campos, y es que junto al colorido que se desprende del uso de estos artefactos también suponen un riesgo que dependiendo de su tipo y de quien hagan uso de ellos puede llevar a resultados incluso trágicos, como es bien sabido. Por todo ello se impone no dejar pasar por algo tal hecho y a fin de que sirva de prevención tanto general como particular para que no se vuelva a repetir se demanda una sanción al club de los seguidores autores de estos actos«.

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